ORDENANZA Nº 10670
10-06-2007 22:02:19
Expediente D.E.: 12330/8/94
Expediente H.C.D.: 1626/96
Fecha de sanción: 18/07/1996
Fecha de promulgación: 02/08/1996
Artículo 1º .- Autorízase a la señora Stella Maris Franco, con carácter precario, a la instalación de un escaparate en la vía pública, destinado al uso de suelo "Exposición y Venta de Frutas y Verduras", a localizarse en el tramo de la calle Mahatma Gandhi (acera par), comprendido entre las calles Condarco y Fray Luis Beltrán, del Partido de General Pueyrredon.
Artículo 2º .- Lo autorizado precedentemente se otorga condicionado a:
* 2.1 El carácter precario dispuesto, resultará de aplicación en lo referente a la localización y al uso de suelo previstos en este acto.
* 2.2 Previo a la habilitación, deberá cumplimentarse satisfactoriamente la/s agregación/es de la/s conformidad/es del o los vecino/s correspondiente/s a la/s parcela/s frentista/s al escaparate y a la acera (par) correspondiente al tramo de la calle autorizada.
* 2.3 No ocupar la calzada y/o la acera con la actividad, fuera de los límites físicos del escaparate mencionado.
* 2.4 Cualquier queja de vecinos, verificada en su grado de molestias, será causal suficiente para dejar sin efecto la autorización conferida.
* 2.5 Dar cumplimiento a todas aquellas exigencias que apunten a mejorar las condiciones ambientales de higiene, seguridad y salubridad pública, requeridas por los distintos organismos municipales competentes, en atención a las normativas específicas que resulten de aplicación.
El incumplimiento de cualquiera de estas condiciones, operará la caducidad automática de la autorización otorgada en el artículo 1º.
Artículo 3º .- NORMAS GENERALES: Todas aquellas contempladas en el Código de Ordenamiento Territorial (COT) y en el Reglamento General de Construcciones (RGC) que no se opongan a las disposiciones particulares de la presente. Asimismo, deberán considerarse las normas especificas municipales, atinentes al uso y ocupación del suelo autorizado.
Artículo 4º .- Rigen para la presente autorización los requisitos establecidos en el Anexo I del Decreto nº 818/96.
Artículo 5º .- Comuníquese, etc.
Rateriy Aprile
B.M. 1483, p.11-12 (14/08/1996)
Expediente H.C.D.: 1626/96
Fecha de sanción: 18/07/1996
Fecha de promulgación: 02/08/1996
Artículo 1º .- Autorízase a la señora Stella Maris Franco, con carácter precario, a la instalación de un escaparate en la vía pública, destinado al uso de suelo "Exposición y Venta de Frutas y Verduras", a localizarse en el tramo de la calle Mahatma Gandhi (acera par), comprendido entre las calles Condarco y Fray Luis Beltrán, del Partido de General Pueyrredon.
Artículo 2º .- Lo autorizado precedentemente se otorga condicionado a:
* 2.1 El carácter precario dispuesto, resultará de aplicación en lo referente a la localización y al uso de suelo previstos en este acto.
* 2.2 Previo a la habilitación, deberá cumplimentarse satisfactoriamente la/s agregación/es de la/s conformidad/es del o los vecino/s correspondiente/s a la/s parcela/s frentista/s al escaparate y a la acera (par) correspondiente al tramo de la calle autorizada.
* 2.3 No ocupar la calzada y/o la acera con la actividad, fuera de los límites físicos del escaparate mencionado.
* 2.4 Cualquier queja de vecinos, verificada en su grado de molestias, será causal suficiente para dejar sin efecto la autorización conferida.
* 2.5 Dar cumplimiento a todas aquellas exigencias que apunten a mejorar las condiciones ambientales de higiene, seguridad y salubridad pública, requeridas por los distintos organismos municipales competentes, en atención a las normativas específicas que resulten de aplicación.
El incumplimiento de cualquiera de estas condiciones, operará la caducidad automática de la autorización otorgada en el artículo 1º.
Artículo 3º .- NORMAS GENERALES: Todas aquellas contempladas en el Código de Ordenamiento Territorial (COT) y en el Reglamento General de Construcciones (RGC) que no se opongan a las disposiciones particulares de la presente. Asimismo, deberán considerarse las normas especificas municipales, atinentes al uso y ocupación del suelo autorizado.
Artículo 4º .- Rigen para la presente autorización los requisitos establecidos en el Anexo I del Decreto nº 818/96.
Artículo 5º .- Comuníquese, etc.
Rateriy Aprile
B.M. 1483, p.11-12 (14/08/1996)
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