A. V. F Barrio Parque Las Dalias

Diario de los sucesos en el Barrio Las Dalias (Mar del Plata)

Firma del convenio y pago de las dos primeras cuotas

19-09-2007 02:21:22

CONVENIO DE REGULARIZACION
Entre la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon, representada en este acto por el funcionario autorizado que suscribe el presente, con domicilio en calle Hipólito Yrigoyen 1627 de la ciudad de Mar del Plata, en adelante la Municipalidad, por una parte; y la Asociación Vecinal de Fomento Fray Luis Beltran, representada en este acto por el Sr. Carlos Daniel Aletto con D.N.I. N° 18.140.096, en el carácter de presidente, con domicilio en la calle Las Talas N° 3757, de la ciudad de Mar del Plata, en adelante el deudor, conforme la Ordenanza N° 18.186, se conviene el presente reconocimiento de deuda y convenio de regularización de conformidad a las cláusulas y condiciones que a continuación se consignan:
PRIMERA: El deudor manifiesta que se aviene en este acto al total de los reclamos de deuda y reconoce adeudar en concepto de diferencia por rendición de cuentas originadas del convenio oportunamente suscripto entre las partes. El monto reclamado se compone de la siguiente forma: capital de pesos cinco mil trescientos ochenta y tres con 49/100 ($ 5.383,49); recargos o punitorios de pesos catorce mil doscientos noventa y uno con 55/100 ($ 14.291,55); quita de pesos catorce mil doscientos noventa y uno con 55/100 ($ 14.291,55); monto a regularizar de pesos cinco mil trescientos ochenta y
tres con 49/100 ($ 5.383,49).-----------------------------------
SEGUNDA: Encontrándose el deudor en condiciones de acogerse al presente acuerdo de pago conforme las condiciones detalladas infra, suscribe el presente convenio comprometiéndose a cancelar el monto reclamado de la siguiente forma: seis (6) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de pesos ochocientos noventa y siete con 25/100 ($ 897,25) cada una, a partir del 19/09/2007, fecha de vencimiento de la primera de ellas, venciendo las restantes el día diecinueve (19) de cada mes o día
hábil posterior.--------------------------------------------------------------
TERCERA: Se acuerda con el deudor establecer como lugar de pago de las obligaciones asumidas en la cláusula segunda la Tesorería Municipal sita en la calle Hipólito Yrigoyen 1627 Planta Baja. La falta de pago en tiempo y forma de las mismas hará incurrir al deudor en mora de pleno derecho, tornando exigible/s la/s cuotas adeudadas y los recargos e intereses que las mismas devenguen, conforme lo establecido en la Ordenanza Fiscal vigente en el art. 41 para deudas tributarias, sin necesidad de
interpelación judicial o extrajudicial previa.---------------------------------------------------------------------
CUARTA: El pago fuera de término de las cuotas acordadas dará lugar a la aplicación de los recargos y/o intereses que correspondieren, calculados sobre el importe de la respectiva cuota. La falta de pago de dos (2) cuotas consecutivas o tres (3) alternadas, o bien después de transcurridos ciento veinte (120) días corridos desde el vencimiento de la última cuota del plan, en caso de verificarse la falta de pago de algunas de sus cuotas, será causal suficiente para disponer la caída del convenio suscripto, en cuyo caso todos los beneficios acordados en virtud del presente régimen se perderán y la Municipalidad quedará facultada, de pleno derecho, para exigir el pago total de la deuda, con más sus recargos, intereses y/o multas que correspondieren, conforme lo dispuesto por las Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigente para
tributos municipales.-----------------------------------------------------------
QUINTA: A todos los efectos legales las partes constituyen domicilios en los indicados en el exordio del presente, los cuales serán tenidos por válidos aunque las mismas no se encuentren habitándolos. Asimismo, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios con asiento en el departamento Judicial Mar del Plata, renunciando expresamente a cualquier otro fuero, jurisdicción o
tribunal arbitral, inclusive el Fuero Federal.----------------------------------------------------------------------
En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Mar del Plata,k los 19 días del mes de septiembre del año 2007.

Comprobantes del pago

Categoría: General 0 Comentario(s) & 0 Referencia(s)



Referencias


Comentarios


Añadir un Comentario


Recordar datos

Hecho con Bitacorae | Alojado en Bitácoras.com | Diseño Raúl García

LaInformacion.com lainformacion.com - Medio Oficial de los Premios Bitacoras 2009